Implantación de Modelos de Prevención Penal

Ayudamos a las empresas a la implantación de los Modelos de Prevención requeridos por el Código penal español en materia de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

La reforma del Código Penal publicada en el Boletín Oficial del Estado el 31 de marzo  de 2015 (Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo), en vigor desde el 1 de julio de 2015, ha supuesto, entre otras cuestiones, la  determinación de los requisitos que deben contener los Modelos de Prevención Penal en las Personas Jurídicas, la ampliación de los tipos penales imputables, así como la extensión de conductas ya castigadas previamente. También se desarrolla en Ley Orgánica 1/2015 todos los aspectos relacionados con el Órgano de Prevención Penal.

Las sanciones previstas en el Código Penal van desde las sanciones pecuniarias hasta el cierre de actividades. El disponer de un adecuado modelo de Prevención Penal es la única vía para que las empresas puedan obtener la eximente de responsabilidad.

Asimismo, hay que tener en consideración todos los aspectos relevantes en relación con los criterios contenidos en la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado, de fecha 22 de enero de 2016, sobre la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por la Ley Orgánica 1/2015.

Revisión periódica

Llevamos a cabo la revisión de los Modelos de Prevención Penal con los requisitos previstos en el Código Penal, mediante la auditoría y certificación del adecuado cumplimiento del modelo implantado, a través del testeo de los controles que mitigan los riesgos penales.

Asesoramiento contínuo

Prestamos un asesoramiento continuo a los Compliance Officers de las empresas para facilitar el cometido de las tareas que deben llevar a cabo en relación con los requisitos del Código Penal, y al objeto de mitigar al máximo las responsabilidades individuales de las funciones encomendadas.